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Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros Artículo 225 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra
Artículo 225. Requisitos para la protección de diseños

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1. Cada Parte establecerá la protección a los diseños creados independientemente que sean nuevos. Cuando la legislación de una Parte así lo establezca, se podrá requerir además carácter singular a dichos diseños. Esta protección será establecida mediante registro y conferirá un derecho exclusivo a sus titulares de conformidad con lo dispuesto en esta Sección.

2. Sólo se considerará que el diseño aplicado o incorporado en un producto que constituya un componente de un producto complejo es susceptible de protección de conformidad con el párrafo 1, si el componente, una vez haya sido incorporado en un producto complejo69, permanece visible durante la utilización normal70 de este último, y en la medida que esas características visibles del componente reúnan en sí mismas los requisitos para ser susceptible de protección.



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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


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