Se aprueba el Acuerdo de Cooperación Cultural y Educativa entre la República de Colombia y la República Portuguesa, firmado en Lisboa, el 8 de enero de 2007 (Acuerdo de Cooperación Cultural y Educativa entre la República de Colombia y la República Portuguesa) Colombia
Acuerdo de Cooperación Cultural y Educativa entre la República de Colombia y la República Portuguesa
- Artículo 1o. Cooperación en el área de la educación
- Artículo 2o. Reconocimiento de habilitaciones de educación no superior
- Artículo 3o. Lengua y cultura
- Artículo 4o. Educación superior
- Artículo 5o. Reconocimiento de años lectivos, títulos y certificados académicos
- Artículo 6o. Arte y cultura
- Artículo 7o. Derechos de autor y derechos conexos
- Artículo 8o. Salvaguarda del patrimonio cultural nacional
- Artículo 9o. Facilidades de acceso y de salida de personas y bienes
- Artículo 10. Juventud y deporte
- Artículo 11. Otras formas de cooperación
- Artículo 12. Comisión mixta
- Artículo 13. Participación en otras convenciones internacionales
- Artículo 14. Solución de controversias
- Artículo 15. Entrada en vigor
- Artículo 16. Revisión
- Artículo 17. Vigencia y denuncia
Otras regulaciones
Se establece la protección de los derechos a la salud y al medio ambiente sano estableciendo medidas tendientes a la reducción de emisiones contaminantes de fuentes móviles Se declara el Festival de la Cultura Wayúu como patrimonio cultural de la Nación Convenio entre la República de Colombia y la República del Perú sobre asistencia judicial en materia penal Se aprueba la Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural Se establece un Régimen Especial y Excepcional para Adquirir la Nacionalidad Colombiana por NacimientoMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
Buenos días
Al final del articulo 137 del cgp, la frase: en caso contrario el juez la declarará.
Se refiere a cuando el auto NO se le notifica al afectado o una vez notificado, dicha parte no alega la nulidad,
El juez, al advertir la nulidad por falta de notificación al actual propietario del bien dado en garantía, declarara la nulidad de lo actuado y luego notifica el mandamiento de pago al afectado,
Al declarar la nulidad, opera la prescripción, si prescribe la hipoteca el juez la declarara prescrita
Muchas gracias
Se considera una actividad mercantil o no mercantil prestar contratar una conferencia o un taller de formación para el talento humano en alguna entidad pública o en una institución educativa?
La jurisprudencia ha otorgado ya en algunas ocasiones recurso de apelación cuando se determina que a la persona procesada se le vulneraron sus derechos en audiencia virtual, al momento de leerse la condena en su contra y existieron fallas de conexión que le impidieron escucharla plenamente, lo que hace deducir que no tuvo la plena oportunidad de entenderla y consecuentemente se trunca la posibilidad de elevar recursos contra esta. Ante un alegato así, el Tribunal debe estudiar a fondo la impugnación dirigida a determinar si existieron dichas fallas.
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Recordemos que la pensión de sobreviviente se entrega a las personas que hayan compartido vida con la persona fallecida en las condiciones que señala la ley, sin importar si hay o no hijos o la cantidad de estos, ya que no tener hijos no se puede tomar como un indicador definitivo de la falta de convivencia.
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De la ley 522 CPM una vez finalizada la audiencia de corte marcial que plazo tiene el juez para dar lectura al fallo o su equivalente
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