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Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República d Artículo V Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Cuba para la Prevención, el Control y la Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y delitos conexos
Artículo V. Asistencia técnica y prevención





1. Las Partes se prestarán asistencia técnica en la planificación y ejecución de programas de investigación y capacitación encaminados a intercambiar conocimientos sobre la actividad de las organizaciones criminales en todos los eslabones propios del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y sus delitos conexos.

2. Las Partes, en la medida de lo posible, realizarán seminarios, conferencias y cursos de entrenamiento y especialización sobre las materias objeto de este Acuerdo.

3. Las Partes intercambiarán información sobre políticas y programas de prevención y rehabilitación de adictos, legislación vigente, investigación policial respecto del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y demás conductas descritas en el numeral I del artículo 3o. de la Convención.

Colombia Art. V Se aprueba el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Cuba para la Prevención, el Control y la Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y delitos conexos, suscrito en La Habana, Cuba, el 14 de enero de 1999
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Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.


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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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