Acuerdo de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colomb Artículo VII Colombia
Acuerdo de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Rumania
Artículo VII. Formacion de recursos humanos
Las Partes adelantarán programas específicos de formación y capacitación de recursos humanos en los ámbitos de interés mutuo. Las acciones de capacitación tendrán en cuenta los aportes de las nuevas tecnologías en la materia. Las Partes acuerdan realizar las acciones necesarias para promover la formación y capacitación de profesionales, técnicos y científicos, otorgado prioridad a las de efecto multiplicador para formadores de especialistas. Esta cooperación se realizará a través de la ejecución de programas específicos de intercambio de expertos, de informaciones y de técnicas entre instituciones de formación y centros de investigación de ambos países, particularmente en los niveles profesional, técnico y científico.
Colombia Art. VII Se somete el Acuerdo de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Rumania, suscrito en Bucarest el 10 de abril de 1994
Mejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?
Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios