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Código Civil Artículo 1135 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil
Artículo 1135. Condiciones relativas a un matrimonio determinado y a la profesion

  La condición de casarse o no casarse con una persona determinada, y la de abrazar un estado o profesión cualquiera, permitida por las leyes, aunque sea incompatible con el estado de matrimonio, valdrán.





Colombia Art. 1135 CC
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Los comentarios de los usuarios

Buen dia pregunto, persona q adquire unas acciones y derechos hereditarios y no los eleba a escritura publica, estando casado, y fallese su conyugue, una hija vende su dereccho y el q compra levanta la sucecion de la fallecida.Elsobreviviente vende estas acciones.pregunto, ala conyugue le corresponde el50% de estas acciones. Gracias

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