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Código Civil Artículo 1939 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil
Artículo 1939. Concepto de pacto de retroventa

Por el pacto de retroventa el vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, reembolsando al comprador la cantidad determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación lo que le haya costado la compra.

Colombia Art. 1939 CC
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Los comentarios de los usuarios

Buenas tardes, seguramente usted celebró un contrato de compraventa con pacto de retroventa, cuya característica fundamental es que usted contaba con un tiempo determinado para poder realizar la compra de lo vendido, en este caso su anillo. si se venció el término, ya no existe la obligación de venderlo de acuerdo a lo pactado. Si usted desea recuperar el anillo, deberá contar con que este casualmente no haya sido ya vendido y al precio que disponga el propietario del mismo.


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Empeñe un anillo de oro en $ 150.000, el 12 de marzo de 2022, donde se dice que el plazo es por un mes, pague intereses ampliando el plazo mes a mes hasta octubre de 2022, luego perdi la factura hasta ahora(enero 19 de 2023) fui a reclamar el anillo y me dicen que ya lo perdi. Que puedo hacer para recuperar el anillo?

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Cordial saludo,

A su pregunta: "si una escritura tiene este pacto de retroventa y el comprador no quiere devolver el inmueble que proceso se debe realizar en este caso"

Respondemos: Si se cumplen las condiciones del contrato para devolver el inmueble, entonces procede demandar ante juez de la república para que lo obligue. Si usted gusta, le podemos prestar el servicio para que esto se realice.

Atentamente,

Mario Montenegro


Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601

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si una escritura tiene este pacto de retroventa y el comprador no quiere devolver el inmueble que proceso se debe realizar en este caso

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pregunto: si se hace una compraventa con pacto de retroventa, el vendedor puede hipotecar o vender el bien inmueble sin previo aviso.??

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