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Código Civil Artículo 1985 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Civil
Artículo 1985. Responsabilidad del mantenimiento de la cosa arrendada

La obligación de mantener la cosa arrendada en buen estado consiste en hacer, durante el arriendo, todas las reparaciones necesarias, a excepción de las locativas, las cuales corresponden generalmente al arrendatario.

Pero será obligado el arrendador aún a las reparaciones locativas, si los deterioros que las han hecho necesarias provinieron de fuerza mayor o caso fortuito, o de la mala calidad de la cosa arrendada.

Las estipulaciones de los contratantes podrán modificar estas obligaciones.

Colombia Art. 1985 CC
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La definición de reparación locativa la podemos encontrar en el primer inciso del artículo 2.2.6.1.1.10 del decreto 1077 de 2015. Allí indica que se entiende por reparaciones o mejoras locativas las obras que tienen como finalidad mantener el inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato sin afectar su estructura portante, su distribución interior, sus características funcionales, formales y/o volumétricas. Así las cosas, cn la reparación locativa es posible cambiar o sustituir algo ya existente en el inmueble, como un material por otros o reparar un daño o desperfecto que ha sufrido la estructura ya existente, pero sin que esto implique modificar o cambiar es estructura misma.


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