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Código Civil Artículo 2302 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil
Artículo 2302. Definicion de cuasicontrato

Las obligaciones que se contraen sin convención, nacen o de la ley o del hecho voluntario de las partes. Las que nacen de la ley se expresan en ella.

Si el hecho de que nacen es lícito, constituye un cuasicontrato.

Si el hecho es ilícito, y cometido con intención de dañar, constituye un delito.

Si el hecho es culpable, pero cometido sin intención de dañar, constituye un cuasidelito o culpa.





Colombia Art. 2302 CC
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Los comentarios de los usuarios

La obligación de los padres de suministrar alimentos a sus hijos, pagar el impuesto predial por el propietario del predio al municipio, según el código civil se determinan como cuasicontratos (art. 2302). Código civil. Considera usted que la afirmación es correcta Si o No. Explique su respuesta. ayudamemen es esto si porfa

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Cordial saludo,

A su pregunta: "Buenas noches, quisiera saber si un bien inmueble producto de una parcelación que en escritura publica aparece en la figura de cuasicontrato, surge los mismos derechos al adquirente que en un contrato de compraventa."

Respondemos: En principio sí, pero a la vez, no sería un cuasicontrato en teoría.

Atentamente,

Mario Montenegro


Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601

Email: [email protected]

Sitio web: www.montenegrogalindo.com

WhatsApp: 573057709651

facebook.com/montenegrogalindoabogados

CONTÁCTENOS. Somos abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia con más de 20 años de experiencia defendiendo a los ciudadanos.

Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos: LLÁMENOS o ESCRÍBANOS, a nuestro teléfono, email o WhatsApp.

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Buenas noches, quisiera saber si un bien inmueble producto de una parcelación que en escritura publica aparece en la figura de cuasicontrato, surge los mismos derechos al adquirente que en un contrato de compraventa.

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