Código Civil Artículo 2405 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/02/2019
Código Civil
Artículo 2405. Responsabilidad del subfiador por insolvencia del fiador
El subfiador, en caso de insolvencia del fiador por quien se obligó, es responsable de las obligaciones de éste para con los otros fiadores. DE LA EXTINCION DE LA FIANZA
Colombia Art. 2405 CC