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Código Civil Artículo 2528 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Civil
Artículo 2528. Prescripcion ordinaria

Para ganar la prescripción ordinaria se necesita posesión regular no interrumpida, durante el tiempo que las leyes requieren.



Colombia Art. 2528 CC
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Los comentarios de los usuarios

Es procedente el derecho de pocesión adquicitiva contra un bien residencial que esté afectado como patrimonio familuar

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Hola buenas tardes tengo una duda mi esposo se encuentra privado de libertad y fue condenado ah 18 meses de prisión en realidad cuánto cumplen de los 18? Qué hay de cierto qué a los 8 meses de haber cumplido la condena se le puede solicitar libertad cumpliemdo con todos los requisitos quedó atenta muchas gracias

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Santander Bucaramanga

Tenemos una casa familiar entre 7 hermanos y estaba embargada y una hermana presto su casa la hipoteca para salvar la casa familiar las escrituras nuevas están a nombre de ella. Se firmó una compraventa donde al pagar el valor de la Hipoteca de la casa de mi hermana, ella se comprometía a devolver las escrituras a nombre de mi mama. Pero ahora se niega hacerlo. La pregunta es Ella nos puede desalojar? Y como podemos actuar para realizar el traspaso de las escrituras ? Llevamos 4 años con la posesión del bien inmueble.

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Buenos días, su usted durante esos 30 años usted actúo como señor y dueño del inmueble, es decir, no solo pagó servicios, sino que tambien el impuesto predial, le hizo reparaciones, la pintó, construyó en él, tomó decisiones sobre el mismo, etc. Usted judicialmente puede iniciar un proceso para que un juez le reconozca la propiedad, ya sea por prescripción adquisitiva o por prescripción de la herencia. Por otro lado, si los actos realizados por su hermana afectan su posesión, puede presentar una querella ante la inspección de policia, por dicha perturbación, o intentar llegar a un acuerdo conciliatorio ante un centro de conciliación.


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Buenas noches yo he vivido durante 30 años en una casa de mi mamá y he pagado los servicios y ahora una hermana que no estaba en el país de manera arbitraria metió a vivir a una gente junto conmigo y dividió la casa a su gusto yo puedo sacar esa gente de ahí así ella alegue que le pertenece la mitad y ella lleva más de 20 años viviendo en otro país

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Buenos días, si usted ya inició un proceso de insolvencia de persona natural no comerciante, tiene la posibilidad de negociar sus obligaciones, NO de incumplirlas, sino de lograr algunos beneficios, como extención de plazos, otorgamiento de periodos de gracia, condonación de intereses, etc. Por otro lado, las negociaciones que realice con sus acreedores no pueden ser por fuera del proceso de negociación de deudas.

Lo invitamos a que busque una buena asesoría al respecto, sobre todo de la insolvencia ya que tiene unos efectos que no todos conocen.


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buenos días, tengo una deuda en un banco a raíz de la cituacion me colgué en las cuotas al verme ahogado por la plata que me estaba sacando la casa de cobranzas y ver que la plata que estaba dando no bajaba para nada el monto de la deuda decidí declararme en insolvencia como persona natural por la cual el banco dijo que era ilegal yebo ocho años viviendo en el predio ahora el banco le cedió esa cartera a otra casa de cobranzas la cual nos dice que ya no aceptan ningún arreglo diferente al de pagar el total de la deuda.

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