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C Cio Artículo 2o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Comercio
Artículo 2o. Aplicación de la legislación civil

En las cuestiones comerciales que no pudieren regularse conforme a la regla anterior, se aplicarán las disposiciones de la legislación civil.

Colombia Art. 2o CCom, CDC, C Co
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Como se debe proceder cuando el comprador de un producto hace la solicitud de compra bajo una orden de compra y quiere modificar a criterio unilateral dicha orden de compra?

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