Código de Comercio
Artículo 393. Requisitos para la oferta pública de acciones
C Cio Artículo 393 Colombia
Cuando se trate de sociedades cuyas acciones no se negocien en los mercados públicos de valores y se ofrezcan en pública suscripción mediante avisos u otros medios de publicidad, será necesario que, como anexo al reglamento de suscripción de las acciones, se publique el último balance general de la sociedad, cortado en el mes anterior a la fecha de solicitud del permiso y autorizado por el revisor fiscal.
Colombia Art. 393 CCom, CDC, C Co
Colombia Art. 393 CCom, CDC, C Co