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C Cio Artículo 515 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Comercio
Artículo 515. Definición de establecimiento de comercio

Se entiende por establecimiento de comercio un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma persona podrá tener varios establecimientos de comercio, y, a su vez, un solo establecimiento de comercio podrá pertenecer a varias personas, y destinarse al desarrollo de diversas actividades comerciales.



Colombia Art. 515 CCom, CDC, C Co
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Artículo 1o ...513 514 515 516 517 ...2038

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Los comentarios de los usuarios

El establecimiento de comercio, para la ley es un bien, compuesto por toda una serie de elementos que lo integran, enumerados en el artículo 516 del Co. Co. por lo tanto no goza de personería jurídica, no puede ser parte en un contrato, así como tampoco podrá serdemandante o demandado en un proceso judicial. Solamente lo será su propietario.


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