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C Cio Artículo 830 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Comercio
Artículo 830. Abuso del derecho-indemnización de perjuicios

El que abuse de sus derechos estará obligado a indemnizar los perjuicios que cause.



Colombia Art. 830 CCom, CDC, C Co
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Artículo 1o ...828 829 830 831 832 ...2038

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Los comentarios de los usuarios

Sobre este artículo 830 y otros del código de comercio se funda la figura del levantamiento del velo corporativo, figura según la cual los socios y administradores de una sociedad o persona jurídica (empresa etc) deben responder personalmente por lo que hagan de manera fraudulenta con dichas personas jurídicas. Así, la Corte Suprema de Justicia ha indicado que si se usa financiera o políticamente a la persona jurídica para satisfacer las necesidades individuales, se administra la empresa en contra de las formalidades legales y tributarias, existe confusión de patrimonios y negocios entre la sociedad y los socios, se usa la sociedad para defraudar a socios o acreedores (incumpliendo obligaciones contractuales o laborales, enajenando bienes, evadiendo impuestos, etc.) o cuando la sociedad se crea sin el capital razonablemente requerido para desarrollar el objeto social propuesto, se puede levantar el velo corporativo.

La última vez era editado: 11/11/22 08:46:09

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Cordial saludo

Ante su pregunta: "...suscribi un contrato de prestacion de servicios con una empresa de vigilancia y en el contrato solo hay causales de terminacion en contra mía, ninguna x el incumplimiento de ellos que debo hacar, fuera de ello si termino el cto antes o unilateral debo de pagar 30 millones de multa..."

Respondemos: Se debe ceñir entonces al Código Civil en este establece los incumplimientos correspondientes y las sanciones a imponer a las partes, indico código civil si se establece de un particular a otro particular, o un particular a una empresa, si fuera entre empresas seria por código de comercio.

CONTÁCTENOS, por llamada o WhatsApp al número 301 450 2210, al Facebook https://www.facebook.com/iustateraabogados/ , o al correo electrónico [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.

Atentamente,

Kevin Prieto Malaver

Abogado titular


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CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.

Atentamente,

Kevin Prieto Malaver

Socio Fundador

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buena tarde, suscribi un contrato de prestacion de servicios con una empresa de vigilancia y en el contrato solo hay causales de terminacion en contra mía, ninguna x el incumplimiento de ellos que debo hacar, fuera de ello si termino el cto antes o unilateral debo de pagar 30 millones de multa

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