Imprimir

CPACA Artículo 19 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Artículo 19. Peticiones irrespetuosas, oscuras o reiterativas

Toda petición debe ser respetuosa so pena de rechazo. Solo cuando no se comprenda la finalidad u objeto de la petición esta se devolverá al interesado para que la corrija o aclare dentro de los diez (10) días siguientes. En caso de no corregirse o aclararse, se archivará la petición. En ningún caso se devolverán peticiones que se consideren inadecuadas o incompletas.

Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la autoridad podrá remitirse a las respuestas anteriores, salvo que se trate de derechos imprescriptibles, o de peticiones que se hubieren negado por no acreditar requisitos, siempre que en la nueva petición se subsane.







Colombia Art. 19 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...17 18 19 20 21 ...309

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

Buenas tardes, puede presentar la reclamación ante la misma entidad de forma presencial o teléfonico que se lo resuelvan en 15 dias habiles, si esto no resuelve su problema puede poner la queja ante superintendencia de servicios publicos. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


Email: [email protected]

Sitio web: https://iustateraabogados.co/

WhatsApp: 3014502210

facebook.com/iustateraabogados/

CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.

Atentamente,

Kevin Prieto Malaver

Socio Fundador

0   0

Hola. Ben día.

Soy Maria vivo en la ciudad de Medellín; tengo en cad los servios de telefonía e Internet. Tu se presentó una falla en la prestación del servicio llamé a Claro que es el operador con el que tengo contratados dichos seevicios y me dicen que no tienen técnicos disponibles para ir ese día; que dicha cita para la visita del técnico sería posible en 6 días.

Como no vi ningún problema en que fuera a los 6 días, efectivamente fue e hizo lo pertinente según él..dos días posterior al arreglo sr volvio a tener problemas en el servicio, nuevamente llame y me dijeron que iba el martes ; este otro cambio toda el cableado y se arreglo el problema. Todo esto ocurrio en el mes de noviembre.

Viendo que no me habian llamado para que se me descontaran los dias sin servicios, llame a poner una queja, en diciembre recibí un correo donde me decian que en la próxima factura se descontarian $ 8300 pesos, por lo que volví a llamar para que se revisará el caso y si última respuesta es citar el artículo 19 de lo contencioso administrativo..

No estoy de acuerdo con lo descontado, ya que pago $ 71000 pesos de esos servicios y teniendo en cuenta que son 6 más 2 dias después, eso no equivale por ningún lado a $8300 pesos ...

¿ Es realmente esa la respuesta o que tengo que hacer.?

Gracias

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse