Código de Procedimiento Penal
Artículo 278. Identificación técnico científica
Código de Procedimiento Penal Artículo 278 Colombia
La identificación técnico científica consiste en la determinación de la naturaleza y características del elemento material probatorio y evidencia física, hecha por expertos en ciencia, técnica o arte. Dicha determinación se expondrá en el informe pericial.
Colombia Art. 278 CPP
Colombia Art. 278 CPP