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Código Disciplinario Único Artículo 8o Colombia


Derogado

Código Disciplinario Único
Artículo 8o. Reconocimiento de la dignidad humana

Quien intervenga en la actuación disciplinaria será tratado con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

Colombia Art. 8o CDU
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Los comentarios de los usuarios

Buenas tardes mi nombre Jose lopez ago moto taxi en una moto alquilada ase mas de un año sufrí un accidente de transito con una patrulla de la fuerza publica y estas personas luyeron y me dejaron botado me a tocado hacer esta denuncia por este medio virtual ala fiscalia de allí la enviaron directamente a quien corresponde este caso y el cual es ala fiscalia 16 san visente del caguen caqueta y de esto ase mas de un año y por lo que estoy notando es que están ganando tiempo para dar paso a este poseso prescriba pues ya me lo a echo en otros posesos que debo hacer pueden comunicarme al celular 3123694432 o correo electrónico [email protected] muchas gracias

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