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Código Penal Artículo 269 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Penal
Artículo 269. Reparacion

El juez disminuirá las penas señaladas en los capítulos anteriores de la mitad a las tres cuartas partes, si antes de dictarse sentencia de primera o única instancia, el responsable restituyere el objeto material del delito o su valor, e indemnizare los perjuicios ocasionados al ofendido o perjudicado.



DE DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL SUMERGIDO.



Colombia Art. 269 CP
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Artículo 1o ...267 268 269 269‑1 269A ...476

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Los comentarios de los usuarios

Mi cliente constructor de vivienda de interés social le adjudicaron unos subsidios para construcción y mejoras por parte de Fonvivienda para lo cual compro una póliza de seguro para garantizar la construcción las cuales hizo algunas obras y no termino otras Fonvivienda le hizo efectivo la póliza y la acompaña a seguradora pago la totalidad mi cliente fue denunciado penal mente antes den pago de los subsidios por el delito de estafa agravada y en masa pena de 16 años ahora como abogado y teniendo el pago que hizo la ASEGURADORA PUEDO PEDIR QUE SE Reconozca EL ARTICULO 269 código penal como reparación ya que la póliza la compro mi cliente para responder por cualquier siniestro ya que eso pago lo recibió la empresa en 2010 y ahora es que le dictaron resolución de acusación y la fiscalía no recogió esa prueba de pago sino ahora la defensa puedo alegar que se aplique la prescripción por rebaja de la pena por reparación

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