Código Penal
Artículo 411-A. Tráfico de influencias de particular
Código Penal Artículo 411-A Colombia
El particular que ejerza indebidamente influencias sobre un servidor público en asunto que este se encuentre conociendo o haya de conocer, con el fin de obtener cualquier beneficio económico, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de cien (100) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
DEL ENRIQUECIMIENTO ILICITO
Colombia Art. 411-A CP
DEL ENRIQUECIMIENTO ILICITO
Colombia Art. 411-A CP