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Código Penal Artículo 418 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Penal
Artículo 418. Revelacion de secreto

El servidor público que indebidamente dé a conocer documento o noticia que deba mantener en secreto o reserva, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público.

Si de la conducta resultare perjuicio, la pena será de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses de prisión, multa de veinte (20) a noventa (90) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ochenta (80) meses.







Colombia Art. 418 CP
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Artículo 1o ...416 417 418 418B 419 ...476

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Buenas noches, alguien me puede informar donde puedo encontrar un video de ejemplo de este articulo.

Muchas gracias.

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