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CST Artículo 155 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 155. Embargo parcial del excedente

El excedente del salario mínimo mensual solo es embargable en una quinta parte.







Colombia Art. 155 Código Sustantivo del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios

Saludos.

Caso de "Embargo de Salario".

Aunque los efectos crediticios de las figuras de "Fiador" y "Codeudor Solidario" sean similares, hay disparidad jurídica en su regulación y los alcances de los mismos, no en todos los casos asiste a las entidades derecho a embargar a las personas que respaldan, embargar a quien legalmente no se puede embargar constituye una arbitrariedad.

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Buenos días, primero dependerá si usted devenga un salario fruto de un contrato de trabajo o unos honorarios provenientes de un contrato de prestación de servicios. El Código Sustantivo del Trabajo estableció unas reglas, no podrá ser embargado el salario mínimo, solo el 20% o quinta parte de lo que exceda a este, con excepción de las obligaciones alimentarias que podrán embargar el 50% sin importar el monto.

La última vez era editado: 06/01/23 11:07:55

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si me realizan mas descuentos por otros creditos y me hacen un embargo cuanto me podrian embargar y como es el proceso

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Buenas tardes. ¿El ICETEX funge como cooperativa? Si no es el caso, ¿qué hacer que quieran embargarme más del 20% del excedente de mi salario?

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Cordial saludo,

A su pregunta: "Pueden aplicar el embargo del excedente del 20% del salario minimo a mi pension ?"

Respondemos: En principio sí.

Atentamente,

Mario Montenegro


Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601

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Pueden aplicar el embargo del excedente del 20% del salario minimo a mi pension ?

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Cordial saludo,

A su pregunta: "buenos dias, devengo un salario minimo e hice un favor de sacar un credito con una entidad bancaria y la persona no siguio pagando las cuotas y quede yo con esa deuda y me reportaron a las centrales, y lo servi de fiador en un almacen y tambien la persona no pago me reportaron, ahora que empece a loboral y me van a pagar el salario minimo, me pueden embargar la ttotalidad del salario ?"

Respondemos: No le pueden embargar la totalidad del salario

Atentamente,

Abogado Mario Montenegro


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buenos dias, devengo un salario minimo e hice un favor de sacar un credito con una entidad bancaria y la persona no siguio pagando las cuotas y quede yo con esa deuda y me reportaron a las centrales, y lo servi de fiador en un almacen y tambien la persona no pago me reportaron, ahora que empece a loboral y me van a pagar el salario minimo, me pueden embargar la ttotalidad del salario ?

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Cordial saludo,

A su pregunta: "buenas tardes, tengo una deuda con una cooperativa y con un credito de libre inversion, me gano el minimo ya me estan descontando lo del credito de libre inversion por embargo, me pueden descontar lo de la cooperativa tambien?"

Respondemos: En principio y lamentablemente, estas cooperativas podrían hacerlo.


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buenas tardes, tengo una deuda con una cooperativa y con un credito de libre inversion, me gano el minimo ya me estan descontando lo del credito de libre inversion por embargo, me pueden descontar lo de la cooperativa tambien?

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Cordial saludo,

A su pregunta: "Si devengo mas del salario minimo y tengo deducciones por creditos bancarios cual es el salario base para el embargo el despues de descuento o el antes de descuentos gracias"

Respondemos: Depende de si son cooperativas, pero en principio una quinta parte del excedente del mínimo.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Cordial saludo

Si devengo mas del salario minimo y tengo deducciones por creditos bancarios cual es el salario base para el embargo el despues de descuento o el antes de descuentos gracias,

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Cordial saludo,

A su pregunta: "se puede hacer efectivo el embargo?"

Respondemos: En principio, no lo podrían embargar en cuanto sólo se puede para una quinta parte del monto que exceda el salario mínimo.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Hola, la norma indica que solo podrá embargarse la quinta parte de lo que exceda el salario mínimo, por lo tanto, en tu caso no pueden embargar tu salario.

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Hola, buen día.

Mi empleador recibió una carta de embargo proferida por ICETEX

y yo devengo el salario mínimo solamente, es legal eso?

se puede hacer efectivo el embargo?

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Cordial saludo

Ante su pregunta: "...Hola mi pregunta es la siguiente firme un convenio con la empresa para hacer una capacitación pero me retire, ellos pueden descontarse la capacitación de mi liquidación, de hecho me indican que no me toca nada, puede quitarme toda la liquidación, es legal?..."

Respondemos: ¿Se firmo un contrato por dicha capacitación?, un ejemplo Nosotros como Firma Capacitamos a X empresa, para eso media un contrato aparte de una consultoria o representación en procesos, si tiene la documentación con gusto podemos revisarla y darle certeza de lo que necesita saber.


Email: [email protected]

Sitio web: https://iustateraabogados.co/

WhatsApp: 3014502210

facebook.com/iustateraabogados/

CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.

Atentamente,

Kevin Prieto Malaver

Socio Fundador

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Cordial saludo,

A su pregunta: "Hola mi pregunta es la siguiente firme un convenio con la empresa para hacer una capacitación pero me retire, ellos pueden.."

Respondemos: primero hay que determinar si la liquidación está correctamente hecha, y de ahí determinar si en verdad le descuentan la capacitación.


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Hola mi pregunta es la siguiente firme un convenio con la empresa para hacer una capacitación pero me retire, ellos pueden descontarse la capacitación de mi liquidación, de hecho me indican que no me toca nada, puede quitarme toda la liquidación, es legal?

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