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CST Artículo 261 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 261. Congelacion del salario base







Colombia Art. 261 Código Sustantivo del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios

Buenos días, si bien no se conocen los detalles, y la figura optada por el empleador, sea la omisión en el pago, la suspensión de los contratos de trabajo, etc. La ley no permite al patrono dejar de pagar los salarios adeudados sin una justa causa o de mala fe, de lo contrario además de adeudar dichos valores deberá pagar unas indemnizaciones por ello.


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Buenas noches . Laboro en una empresa que con la pandemia nos congelo el sueldo desde el 2019 y va hasta octubre del 2022 .pregunta este procedimiento es legal

.al cumplir el plazo pactado nos deben reconocer algún retroactivo .

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