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Constitución Política de Colombia Artículo 47 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Constitución Política de Colombia
Artículo 47.

El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran.



Gacetas Asamblea Constituyente de 1991: 5, 30, 55, 63 y 85

Colombia Art. 47 Constitución Política de Colombia
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Los comentarios de los usuarios

Cordial saludo,

A su pregunta: "Una persona con artritis reumatoide puede ser despedida de la empresa sin justa causa"

Respondemos: En principio no puede ser despedida, y debería ser reintegrada.

Atentamente,

Mario Montenegro


Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601

Email: [email protected]

Sitio web: www.montenegrogalindo.com

WhatsApp: 573057709651

facebook.com/montenegrogalindoabogados

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Una persona con artritis reumatoide puede ser despedida de la empresa sin justa causa

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