Se aprueba el Convenio 162 sobre Utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad (Convenio 162 sobre Utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad) Colombia
Convenio 162 sobre Utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad
- Artículo 1o. 1. El presente Convenio se aplica a todas las actividades en las que los...
- Artículo 2o. A los fines del presente Convenio: a) El término "asbesto" designa...
- Artículo 3o. 1. La legislación nacional deberá prescribir las medidas...
- Artículo 4o. La autoridad competente deberá consultar a las organizaciones...
- Artículo 5o. 1. La observancia de la legislación adoptada de conformidad con el...
- Artículo 6o. 1. Los empleadores serán responsables de la observancia de las...
- Artículo 7o. Dentro de los límites de su responsabilidad, deberá exigirse a...
- Artículo 8o. Los empleadores y los trabajadores o sus representantes deberán...
- Artículo 9o. La legislación nacional adoptada de conformidad con el artículo...
- Artículo 10. Cuando sea necesario para proteger la salud de los trabajadores y sea...
- Artículo 11. 1. Deberá prohibirse la utilización de la crocidolita y de...
- Artículo 12. 1. Deberá prohibirse la pulverización de todas las formas...
- Artículo 13. La legislación nacional deberá disponer que los empleadores...
- Artículo 14. Incumbirá a los productores y a los proveedores de asbesto, así...
- Artículo 15. 1. La autoridad competente deberá prescribir límites de...
- Artículo 16. Cada empleador deberá establecer y aplicar, bajo su propia...
- Artículo 17. 1. La demolición de instalaciones o estructuras que contengan...
- Artículo 18. 1. Cuando el polvo de asbesto pueda contaminar la ropa personal de los...
- Artículo 19. 1. De conformidad con la legislación y la práctica...
- Artículo 20. 1. Cuando sea necesario para proteger la salud de los trabajadores, el...
- Artículo 21. 1. Los trabajadores que estén o hayan estado expuestos al asbesto...
- Artículo 22. 1. En coordinación y colaboración con las organizaciones...
- Artículo 23. Las ratificaciones formales del presente Convenio serán comunicadas,...
- Artículo 24. 1. Este Convenio obligará únicamente a aquellos Miembros de...
- Artículo 25. 1. Todo Miembro que haya ratificado este Convenio podrá...
- Artículo 26. 1. El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo...
- Artículo 27. El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo comunicará...
- Artículo 28. Cada vez que lo estime necesario, el Consejo de Administración de la...
- Artículo 29. 1. En caso de que la conferencia adopte un nuevo Convenio que implique...
- Artículo 30. Las versiones inglesa y francesa del texto de este convenio son igualmente...
Otras regulaciones
Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad Se dota a las asociaciones mutualistas de identidad, autonomía y vinculación a la economía del país como empresas solidarias Se establecen oportunidades de acceso a la vivienda para colombianos en el exterior, a través del envío de remesas Se convierte en política de Estado el Fondo Álvaro Ulcué ChocuéMejores juristas
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Norman Agudelo
Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?
Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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