Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República de Nicaragua (Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República de) Colombia
Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre la República de Colombia y la República de Nicaragua
- Artículo 1o. Las Partes Contratantes se comprometen a realizar y fomentar con base en el...
- Artículo 2o. Los Acuerdos Complementarios deberán especificar, entre otras cosas,...
- Artículo 3o. Corresponderá a los respectivos organismos nacionales, encargados de...
- Artículo 4o. Para los fines del presente Convenio, la Cooperación Técnica y...
- Artículo 5o. Las Partes Contratantes podrán hacer uso de los siguientes medios para...
- Artículo 6o. Las Partes Contratantes podrán, mediante un acuerdo sujeto a las...
- Artículo 7o. Las Partes Contratantes convienen en establecer una Comisión Mixta...
- Artículo 8o. Toda controversia que surgiere de la interpretación o...
- Artículo 9o. 1. Las Partes Contratantes facilitarán la importación con...
- Artículo 10. El presente Acuerdo será sometido para su perfeccionamiento a los...
- Artículo 11. El presente Acuerdo podrá ser denunciado por cualquiera de las Partes,...
Otras regulaciones
Convenio sobre la Diversidad Biológica Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival de Música del Pacífico Petronio Álvarez Acta final de la Asamblea Constitutiva del Centro para los Servicios de Información Se celebra el centenario del nacimiento y se conmemora el cincuentenario de la muerte del doctor Gilberto Alzate Avendaño Convenio entre la República de Corea y la República de Colombia para evitar la doble imposiciónMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
podrian por favor informarme si despues de haberse presentado una liquidacion de credito sobre cuotas de adminsitracion y habiendo sido objetada el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidacion de credito el Juzgado corre nuevamente trasladodel art. 110 del CGP de esa liquidacion de aacuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situacion posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriedno el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboracion.
Buenos días
Al final del articulo 137 del cgp, la frase: en caso contrario el juez la declarará.
Se refiere a cuando el auto NO se le notifica al afectado o una vez notificado, dicha parte no alega la nulidad,
El juez, al advertir la nulidad por falta de notificación al actual propietario del bien dado en garantía, declarara la nulidad de lo actuado y luego notifica el mandamiento de pago al afectado,
Al declarar la nulidad, opera la prescripción, si prescribe la hipoteca el juez la declarara prescrita
Muchas gracias
Se considera una actividad mercantil o no mercantil prestar contratar una conferencia o un taller de formación para el talento humano en alguna entidad pública o en una institución educativa?
La jurisprudencia ha otorgado ya en algunas ocasiones recurso de apelación cuando se determina que a la persona procesada se le vulneraron sus derechos en audiencia virtual, al momento de leerse la condena en su contra y existieron fallas de conexión que le impidieron escucharla plenamente, lo que hace deducir que no tuvo la plena oportunidad de entenderla y consecuentemente se trunca la posibilidad de elevar recursos contra esta. Ante un alegato así, el Tribunal debe estudiar a fondo la impugnación dirigida a determinar si existieron dichas fallas.
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