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Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica Artículo 13 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica
Artículo 13.

Las reuniones de la Asamblea de Gobernadores podrán ser ordinarias o extraordinarias y las convocará el Presidente de la Asamblea. La Asamblea de Gobernadores se reunirá ordinariamente una vez al año y se reunirá con carácter extraordinario cuando ella así lo disponga; o bien a petición del Directorio; o cuando así lo soliciten tres socios; o lo soliciten Gobernadores que representen, al menos, el 25% del capital suscrito.

El Directorio podrá requerir el pronunciamiento de los Gobernadores sin convocar a una reunión extraordinaria de la Asamblea, de conformidad con el reglamento respectivo.





Colombia Art. 13 Se aprueban el Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica BCIE, suscrito en Managua el 13 de diciembre de 1960 y el Protocolo de Reformas al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica, suscrito en Managua el 2 de septiembre de 1989
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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