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Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Artículo 19 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones
Artículo 19. Relaciones con organismos nacionales y regionales

El organismo cooperará con las entidades nacionales de los países miembros y las entidades regionales cuyo capital sea en su mayor parte de propiedad de los países miembros, que llevan a cabo actividades similares de las del Organismo, y procurará complementar las operaciones de tales entidades, con objeto de maximizar tanto la eficiencia de sus respectivos servicios como su contribución al aumento del flujo de inversiones extranjeras. A este fin, el Organismo podrá celebrar arreglos contractuales con dichas entidades acerca de los detalles de tal cooperación, incluidas especialmente las modalidades de reaseguro y coaseguro.

Colombia Art. 19 Se aprueba el Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones, hecho en Washington el 25 de mayo de 1986
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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