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Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial Artículo 10 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial
Artículo 10. INDICACIONES, FALSAS: EMBARGO A LA IMPORTACIÓN, ETC, DE LOS PRODUCTOS QUE LLEVEN INDICACIONES FALSAS SOBRE LA PROCEDENCIA DEL PRODUCTO O SOBRE LA IDENTIDAD DEL PRODUCTOR, ETC

1. Las disposiciones del artículo precedente serán aplicadas en caso de utilización directa o indirecta de una indicación falsa concerniente a la procedencia del producto o a la identidad del productor, fabricante o comerciante.

2. Será en todo caso reconocido como parte interesada, sea persona física o moral, todo productor, fabricante o comerciante dedicado a la producción, la fabricación o el comercio de ese producto y establecido en la localidad falsamente indicada como lugar de procedencia, o en la región donde esta localidad esté situada, o en el país falsamente indicado, o en el país donde se emplea la indicación falsa de procedencia.



Colombia Art. 10 Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial
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Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?


Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.


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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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