Convenio de reconocimiento mutuo de certificados, títulos y grados académicos de educación superior Artículo 11 Colombia
Convenio de reconocimiento mutuo de certificados, títulos y grados académicos de educación superior entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú
Artículo 11.
El presente convenio tendrá una vigencia de cinco años y se prorrogará automáticamente por períodos de tiempos iguales.Podrá ser denunciado por las partes, mediante notificación escrita por vía diplomática, caso en el cual la denuncia surtirá efecto un año después de la notificación respectiva.
Suscrito en Lima a los veintiséis días del mes de abril de 1994, en dos textos originales, siendo ambos igualmente auténticos.
Por el Gobierno de la República de Colombia,
NOEMÍ SANÍN DE RUBIO,
Ministra de Relaciones Exteriores.
Por el Gobierno de la República del Perú,
EFRAÍN GOLDENBERG SCHREIBER,
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores.
El suscrito Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores,
HACE CONSTAR:
Que la presente reproducción es fiel fotocopia tomada del texto original del "Convenio de reconocimiento mutuo de certificados, títulos y grados académicos de educación superior entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú", suscrito en Lima el veintiséis (26) de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994), documento que reposa en los archivos de la Oficina Jurídica de este Ministerio.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los dieciséis (16) días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho (1998).
El Jefe de la Oficina Jurídica,
HÉCTOR ADOLFO SINTURA VARELA.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 1998.
Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.
(Fdo.) ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
(Fdo.) CAMILO REYES RODRÍGUEZ.
DECRETA:
Colombia Art. 11 Convenio de reconocimiento mutuo de certificados, títulos y grados académicos de educación superior entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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