Se aprueba el Convenio entre el Reino de España y la República de Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, firmado en Bogotá, D. C., el 31 de marzo de 2005 (Convenio entre el Reino de España y la República de Colombia para evitar la doble imposición y preve) Colombia
Convenio entre el Reino de España y la República de Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio
- Artículo 1o. PERSONAS COMPRENDIDAS
- Artículo 2o. IMPUESTOS COMPRENDIDOS
- Artículo 3o. DEFINICIONES GENERALES
- Artículo 4o. RESIDENTE
- Artículo 5o. ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
- Artículo 6o. RENTAS INMOBILIARIAS
- Artículo 7o. BENEFICIOS EMPRESARIALES
- Artículo 8o. TRANSPORTE MARÍTIMO Y AÉREO
- Artículo 9o. EMPRESAS ASOCIADAS
- Artículo 10. DIVIDENDOS
- Artículo 11. INTERESES
- Artículo 12. CÁNONES O REGALÍAS
- Artículo 13. GANANCIAS DE CAPITAL
- Artículo 14. SERVICIOS PERSONALES DEPENDIENTES
- Artículo 15. PARTICIPACIONES DE CONSEJEROS
- Artículo 16. ARTISTAS Y DEPORTISTAS
- Artículo 17. PENSIONES
- Artículo 18. REMUNERACIONES POR FUNCIÓN PÚBLICA
- Artículo 19. ESTUDIANTES
- Artículo 20. OTRAS RENTAS
- Artículo 21. PATRIMONIO
- Artículo 22. ELIMINACIÓN DE LA DOBLE IMPOSICIÓN
- Artículo 23. NO DISCRIMINACIÓN
- Artículo 24. PROCEDIMIENTO AMISTOSO
- Artículo 25. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN
- Artículo 26. ASISTENCIA EN LA RECAUDACIÓN
- Artículo 27. MIEMBROS DE MISIONES DIPLOMÁTICAS Y DE OFICINAS CONSULARES
- Artículo 28. ENTRADA EN VIGOR
- Artículo 29. DENUNCIA
Otras regulaciones
Se decreta el presupuesto del sistema general de regalías para el bienio del 1° de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022 Se declara patrimonio cultural de la Nación las fiestas patronales de San Francisco de Asís Se declara patrimonio histórico, y cultural de la nación a la casa del Telegrafista en Aracataca, Magdalena Se establece la naturaleza y régimen jurídico de la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano Se institucionaliza la celebración del día Del campesinoMejores juristas
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Norman Agudelo
La jurisprudencia ha otorgado ya en algunas ocasiones recurso de apelación cuando se determina que a la persona procesada se le vulneraron sus derechos en audiencia virtual, al momento de leerse la condena en su contra y existieron fallas de conexión que le impidieron escucharla plenamente, lo que hace deducir que no tuvo la plena oportunidad de entenderla y consecuentemente se trunca la posibilidad de elevar recursos contra esta. Ante un alegato así, el Tribunal debe estudiar a fondo la impugnación dirigida a determinar si existieron dichas fallas.
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Recordemos que la pensión de sobreviviente se entrega a las personas que hayan compartido vida con la persona fallecida en las condiciones que señala la ley, sin importar si hay o no hijos o la cantidad de estos, ya que no tener hijos no se puede tomar como un indicador definitivo de la falta de convivencia.
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De la ley 522 CPM una vez finalizada la audiencia de corte marcial que plazo tiene el juez para dar lectura al fallo o su equivalente
En caso de declaración de indignidad ¿cuánto tiempo hay para declarar la misma?
En el caso de la restitución de los frutos que se recibieron como efecto de una promesa de compraventa que finalmente se declaró nula, es necesario aclarar que la nulidad retrotrae las cosas a su estado anterior, es decir, a como estaban antes de existir el contrato nulo. En estos casos, se debe tener en cuenta la buena o mala fe únicamente para determinar si los frutos son reclamables o no (si se actuó con buena fe no se deben devolver los frutos, pero si se actuó con mala fe por parte del comprador, sí se deben restituir), es decir, que la mala fe no se usa para saber desde cuándo se deben los frutos, pues ya es claro en Colombia que estos se deben desde la fecha a partir de la cual se celebró el contrato nulo y como efecto de este se tomó posesión del bien, se realizó la entrega o se dio cumplimiento a la obligación contenida en el contrato.
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