Se aprueba el Convenio Sobre la Responsabilidad Internacional por Daños Causados por Objetos Espaciales, hecho en Washington, Londres y Moscú, el 29 de marzo de 1972 (Convenio Sobre la Responsabilidad Internacional por Daños Causados por Objetos Espaciales) Colombia
Convenio Sobre la Responsabilidad Internacional por Daños Causados por Objetos Espaciales
- Artículo I. A los efectos del presente Convenio: a) Se entenderá por...
- Artículo II. Un Estado de lanzamiento tendrá responsabilidad absoluta y...
- Artículo III. Cuando el daño sufrido fuera de la superficie de la Tierra por un...
- Artículo IV. 1. Cuando los daños sufridos fuera de la superficie de la Tierra...
- Artículo V. 1. Si dos o más Estados lanzan conjuntamente un objeto espacial,...
- Artículo VI. 1. Salvo lo dispuesto en el párrafo 2 de este artículo, un...
- Artículo VII. Las disposiciones del presente Convenio no se aplicarán a los...
- Artículo VIII. 1. Un Estado que haya sufrido daños, o cuyas personas...
- Artículo IX. Las reclamaciones de indemnización por daños serán...
- Artículo X. 1. La reclamación de la indemnización por daños...
- Artículo XI. 1. Para presentar a un Estado de lanzamiento una reclamación de...
- Artículo XII. La indemnización que en virtud del presente Convenio estará...
- Artículo XIII. A menos que el Estado demandante y el Estado que debe pagar la...
- Artículo XIV. Si no se logra resolver una reclamación mediante negociaciones...
- Artículo XV. 1. La Comisión de Reclamaciones se compondrá de tres...
- Artículo XVI. 1. Si una de las partes no procede al nombramiento que le corresponde...
- Artículo XVII. El número de miembros de la Comisión de Reclamaciones no...
- Artículo XVIII. La Comisión de Reclamaciones decidirá los fundamentos de la...
- Artículo XIX. 1. La Comisión de Reclamaciones, actuará de conformidad con...
- Artículo XX. Las costas relativas a la Comisión de Reclamaciones se...
- Artículo XXI. Si los daños causados por un objeto espacial constituyen un...
- Artículo XXII. 1. En el presente Convenio, salvo los artículos XXIV a XXVII,...
- Artículo XXIII. 1. Lo dispuesto en el presente Convenio no afectará a los...
- Artículo XXIV. 1. El presente Convenio estará abierto a la firma de todos los...
- Artículo XXV. Cualquier Estado Parte en el presente Convenio podrá proponer...
- Artículo XXVI. Diez años después de la entrada en vigor del presente...
- Artículo XXVII. Todo Estado Parte podrá comunicar su retiro del presente...
- Artículo XXVIII. El presente Convenio, cuyos textos en inglés, ruso, francés, español y chino...
Otras regulaciones
Se crea el marco legal para el uso industrial y científico del cáñamo en Colombia y se dictan otras disposiciones Se dictan normas para la normalización de la cartera pública Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito público 2002 Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros Se modifica y adiciona la Ley 1503 de 2011 y se dictan otras disposiciones en seguridad vial y tránsitoMejores juristas
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Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?
Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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