La Nación rinde Honores a la Memoria del doctor ENRIQUE LOW MURTRA
Artículo 1o.
La República de Colombia honra y exalta la memoria del doctor Enrique Low Murtra, eminente ciudadano que consagró su vida al servicio del Estado, de la justicia y de la realización del bien común a través de la Magistratura, el Ministerio de Justicia, de Embajador de nuestra Patria y del ejercicio de Cátedra Universitaria.
Artículo 2o.
El Gobierno Nacional Decreta Honores a la memoria del ilustre compatriota doctor Enrique Low Murtra.
Artículo 3o.
Creación de la Beca-Post-Grado para especialización en el exterior, con el nombre del ilustre inmolado doctor Enrique Low Murtra, la cual será adjudicada por el Icetex, de acuerdo al presupuesto de los planes y programas del Instituto.
Artículo 4o.
La Biblioteca del Palacio de Justicia se denominará Biblioteca Enrique Low Murtra, en homenaje del Ilustre Compatriota Enrique Low Murtra.
Artículo 5o.
Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del Honorable Senado de la República,
TITO EDMUNDO RUEDA GUARÍN.
El Secretario General del Honorable Senado de la República,
PEDRO PUMAREJO.
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
CÉSAR PÉREZ GARCÍA.
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
DIEGO VIVAS TAFUR.
República de Colombia - Gobierno Nacional
Publíquese y ejecútese
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 8 días del mes de febrero de 1993
El Ministro de Justicia,
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ.
El Ministro de Educación Nacional,
CARLOS HOLMES TRUJILLO G.