La Nación se asocia a la celebración de los doscientos noventa y cinco años de fundación del municipio de Venadillo, Tolima, se honra la memoria de su fundador, Manuel Antonio Maldonado Martínez, y se dictan otras disposiciones
Artículo 1o.
La Nación se asocia a la celebración de los 295 años de fundación del municipio de Venadillo, los cuales se cumplirán el 11 de enero de 2008.
Artículo 2o.
Autorízase al Gobierno Nacional para que incluya dentro del Presupuesto General de la Nación las partidas presupuestales, para concurrir a la finalidad de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el municipio de Venadillo, en el departamento del Tolima: Ampliación, canalización y construcción de muros de protección en la margen derecha, sobre la zona urbana de la quebrada Galapo, del municipio de Venadillo, de una estatua en bronce del ilustre hombre, don Manuel Antonio Maldonado Martínez.
Artículo 3o.
La presente ley rige a partir del día de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
HERNÁN ANDRADE SERRANO.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
GERMÁN VARÓN COTRINO.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO.
REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de mayo de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.
La Ministra de Cultura,
PAULA MARCELA MORENO ZAPATA.