La Nación se asocia a la celebración de los 200 años del municipio de Aguadas, en el departamento de Caldas

Artículo 1o.

La República de Colombia y el Congreso de la República se vincularán a la celebración de los 200 años del municipio de Aguadas en el departamento de Caldas y se concede por parte de cada Cámara Legislativa la respectiva condecoración.

Artículo 2o.

Autorícese al Gobierno Nacional para incluir en el Presupuesto General de la Nación las apropiaciones necesarias que contribuyan a la financiación de la rehabilitación y pavimentación de la vía Aguadas-Arma en una extensión de 17.2 kilómetros y la construcción de la nueva carretera Arma-La María (Troncal de Occidente) incluyendo el puente sobre el río Cauca en una extensión de 11 kilómetros.

Artículo 3o.

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

GERMÁN VARÓN COTRINO.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de julio de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

El Ministro de Transporte,

ANDRÉS URIEL GALLEGO HENAO.