La nación se vincula a la conmemoración y rinde público homenaje al municipio de La Estrella, ubicado en el departamento de Antioquia, con motivo de la celebración de los trescientos treinta y tres (333) años de su fundación.
Autorícese al Gobierno nacional para que, en cumplimiento y de conformidad con los artículos 288, 334, 339, 341, 345, 346 Y 366 de la Constitución Política, las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios y la Ley 819 de 2003, para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación o impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las partidas presupuestales necesarias a fin de adelantar las : siguientes obras de utilidad pública y de interés social, en beneficio de la comunidad del municipio de La Estrella, departamento de Antioquia:
1. Estudios, diseños y restauración de la Casa Consistorial.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, podrán celebrarse convenios interadministrativos o contratos entre la nación, el municipio de La Estrella y/o el departamento de Antioquia.
Las autorizaciones de gastos otorgadas al Gobierno nacional en virtud de esta ley, se incorporarán en los presupuestos generales de la nación, de acuerdo con las normas orgánicas en materia presupuestal, reasignando los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor, sin que ello implique un Iaumento del presupuesto, de acuerdo con las disposiciones que se produzcan en I cada vigencia fiscal.
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación