Apruébense el «Convenio Constitutivo del Fondo Multilateral de Inversiones 111» y el «Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones 1 11» aprobados mediante la Resolución AG- 8/17Cll/, AG-4/17 Y MIFIDE-13/17 de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo, de fecha 2 de abril de 2017
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7 de 1944, el «Convenio Constitutivo del Fondo Multilateral de Inversiones 111" y el «Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones 1 11 » aprobados mediante Resolución AG- 8/17Cll/, AG-4/17 Y MIF/DE13/17 de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo, de fecha 2 de abril de 2017, que por artículo de esta ley se aprueban, obligarán al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de los mismos.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.