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El ejercicio de la profesión de bacteriología, se dicta el Código de Bioética Artículo 22 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

El ejercicio de la profesión de bacteriología, se dicta el Código de Bioética
Artículo 22. Principios básicos para investigación en animales

Son principios básicos para investigaciones en animales:

a) Cuando sea posible en vez de animales deben emplearse modelos matemáticos, simulacros en computador y sistemas biológicos in vitro;

b) Los experimentos con animales sólo deberán realizarse cuando se haya comprobado debidamente su interés para la salud humana;

c) Debe utilizarse el mínimo número de animales necesarios para obtener resultados científicamente válidos;

d) Los animales empleados para investigación deben mantenerse en las mejores condiciones posibles ambientales, alimentarias y de salud, con asistencia médico-veterinaria de acuerdo con las normas establecidas para garantizar la calidad de los bioterios;

e) Los animales deben recibir alimentos en calidad y cantidad suficiente para sus necesidades y para conservar la salud y tener acceso libre de agua potable, a menos que el objeto del experimento sea estudiar el efecto de las variaciones de estos nutrientes;

f) No someter a ningún dolor, sufrimiento o estrés a los animales del laboratorio. Hacer uso adecuado de anestesia y de calmantes y asegurárseles el restablecimiento de la salud;

g) En caso de sacrificar animales para la investigación científica, compensar a la madre naturaleza con acciones restauradoras y preservativas de la biósfera;

h) El material biológico desechable debe ser debidamente incinerado y cumplir con todos los protocolos de bioseguridad.

Colombia Art. 22 Se reglamenta el ejercicio de la profesión de bacteriología, se dicta el Código de Bioética y otras disposiciones
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