Imprimir

El régimen de propiedad horizontal Artículo 75 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

El régimen de propiedad horizontal
Artículo 75. Licencias para reformas, normas arquitectónicas y ampliaciones

Las reformas de las fachadas y áreas comunes, así como las ampliaciones, dentro de los cánones vigentes, requerirán la autorización de la Junta de Copropietarios. En todo caso será necesaria la licencia correspondiente de la autoridad municipal competente.

Las reformas internas en los inmuebles privados que no incidan en la estructura y funcionamiento de la Unidad Inmobiliaria Cerrada no requerirán de autorización previa por parte de los órganos Administradores.

PARTICIPACIÓN COMUNITARIA.



Colombia Art. 75 El régimen de propiedad horizontal
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...73 74 75 76 77 ...87

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

Buenas tardes un vecino puede hacer una cancha multiple en su patio, generando perturbación a la tranquilidad de nosotros sus vecinos con la bulla constante de toda práctica deportiva.

0   0

Cordial saludo,

A su pregunta: "Buenas noches: vivo en un apto y deseo remodelar mi cocina por un concepto de cocina abierta, para ello debo tumbar un muro de 1.50 que separa la cocina de la sala y no es estructural, para ello requiero de algún permiso? gracias por su colaboración./"

Respondemos: En principio debe solicitar la licencia de remodelación en la curaduría urbana.


Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601

Email: [email protected]

Sitio web: www.montenegrogalindo.com

WhatsApp: 573057709651

facebook.com/montenegrogalindoabogados

CONTÁCTENOS. Somos abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia con más de 20 años de experiencia defendiendo a los ciudadanos.

Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos: LLÁMENOS o ESCRÍBANOS, a nuestro teléfono, email o WhatsApp.

0   0

Buenas noches: vivo en un apto y deseo remodelar mi cocina por un concepto de cocina abierta, para ello debo tumbar un muro de 1.50 que separa la cocina de la sala y no es estructural, para ello requiero de algún permiso? gracias por su colaboración.

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse