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El Sistema Nacional de Defensoría Pública Artículo 24 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

El Sistema Nacional de Defensoría Pública
Artículo 24. Funciones





Son funciones de los Coordinadores Administrativos y de Gestión:

1. Coordinar y controlar el desarrollo del servicio de defensoría pública de la unidad a su cargo en cada oficina regional o seccional.

2. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones contractuales de las personas naturales o jurídicas que en la unidad a su cargo, en cada oficina regional o seccional, hagan parte del Sistema Nacional de Defensoría Pública, de conformidad con la ley y la reglamentación que se establezca.

3. Presentar bimestralmente informe de gestión o cuando el Director del Sistema Nacional de Defensoría Pública lo solicite.

4. Apoyar el programa de capacitación del Sistema Nacional de Defensoría Pública de la unidad a su cargo, en cada oficina regional o seccional, bajo la coordinación de la Unidad de Capacitación e Investigación.

5. Consolidar las estadísticas de prestación del servicio en la unidad a su cargo en cada oficina regional o seccional.

6. Las demás funciones que el Director del Sistema le solicite asumir y se encuentren relacionadas con la prestación del servicio de la defensoría pública.

DE LAS FUNCIONES DEL PERSONERO MUNICIPAL EN DEFENSORÍA PÚBLICA



Colombia Art. 24 El Sistema Nacional de Defensoría Pública
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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