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Estatuto del Notariado Artículo 45 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Estatuto del Notariado
Artículo 45. Cancelación de escritura pública

La cancelación de una escritura puede hacerse por declaración de los interesados o por decisión judicial en los casos de Ley.



Colombia Art. 45 Estatuto del Notariado
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Los comentarios de los usuarios

Saludos.

Para establecer la propiedad real sobre el inmubele, es importante conocer el Certificado de Libertad y Tradición del mismo, que puede ser gestionado via electronica, o en la oficina de Registro de Instrumentos Publicos mas cercana, seguidamente, habria que hacer un acuerdo entre los causahabientes, para la sesion de los derechos herenciales.

Si considera ser representad en dicho proceso, tiene a su disposicion nuestro cana de atención via Whatsapp:


Email: [email protected]

WhatsApp: 3043915730

¡Representación Eficiente!

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deben iniciar un proceso que se llama sucesión

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Murió una tía y ella figuraba como dueña de una propiedad pero en verdad era de su hermana y cuñado que murieron.que pueden hacer los hijos para reclamar su herencia.Latia no tenía padres,hijos ni pareja,

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Un Registrador de Instrumentos Publicos puede devolver un instrumento publico donde se efectue la cancelacion de una escritura por voluntad de las partes y exigir que se efectue por RESCILIACION DE CONTRATO (CANCELACION SIN VALOR Y EFECTO DE LA ESCRITURA .....)to y y que este se ha de hacer por el mismo valor de la venta en el evento de ser este el acto de cancelación.

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En la constitución de una fiducia civil comparece el beneficiario o fideicomisario, así consta en el instrumento y cinco años después sin tener en cuenta ni hacer comparecer al beneficiario, se cancela unilateralmente la escritura que contiene esa fiducia. esta correcto y ajustado a derecho.

Este acto resulta seguido de una compraventa de nuda propiedad a un hijo del fiduciante con reserva de usufructo. el personaje otorga todos es tos actos a la edad de 89 años sin exigirse la certificación médica de su sano juicio.

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