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La Nación se asocia a la conmemoración de los 100 años del fusilamiento del prócer afrocolombiano Ma Artículo 3o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

La Nación se asocia a la conmemoración de los 100 años del fusilamiento del prócer afrocolombiano Manuel Saturio Valencia
Artículo 3o.

Teniendo en cuenta que el prócer Manuel Saturio Valencia, sin haber sido militar de carrera, en la denominada Guerra de los Mil Días llevó a las tropas bajo su mando a significativos triunfos, como el alcanzado en la Batalla de Bellavista, por lo que fue nombrado Capitán del Ejército de Colombia por el entonces Presidente de la República, General Rafael Reyes, se hace necesario honrar su memoria como ilustre hombre público, por lo cual la Nación se asocia a la conmemoración del centenario de su fusilamiento y, en consecuencia, se autoriza al Gobierno Naciona l para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación, las apropiaciones específicas destinadas a la ejecución de las siguientes obras:

a) Adquisición de un lote terreno urbano, destinado a la construcción de un parque, en lugar céntrico de la ciudad de Quibdó, y erección de una estatua en bronce con la efigie de Manuel Saturio Valencia, monumento que, en su base, llevará la siguiente inscripción: “La República de Colombia a su insigne hijo Manuel Saturio Valencia 1867-1907;

b) Adquisición, previa convocatoria a concurso, de dos biografías completas de Manuel Saturio Valencia; obras que deberán ser distribuidas por el Gobierno Nacional a las bibliotecas municipales de los municipios con significativa población afrocolombiana;

c) La preproducción, realización, posproducción y publicación de un cortometraje sobre la vida y obra de Manuel Saturio Valencia.

Colombia Art. 3o La Nación se asocia a la conmemoración de los 100 años del fusilamiento del prócer afrocolombiano Manuel Saturio Valencia; se autorizan unos gastos, y se dictan otras disposiciones relacionadas con esta efemérides
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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