Imprimir

Ley General de Bomberos Artículo 32 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley General de Bomberos
Artículo 32. Adquisición de equipos

Los equipos y vehículos especializados destinados para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos estarán exentos del pago del impuesto de IVA, tasas o contribuciones, aranceles y nacionalización en la adquisición por compra o donación de vehículos, equipos o elementos nuevos o usados siempre y cuando el destinatario final sea Bomberos de Colombia.

Las exenciones dispuestas en el presente artículo para la adquisición por compra o donación de vehículos, equipos o elementos nuevos o usados utilizados para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescate a la actividad bomberil y la atención de incidentes con materiales peligrosos aplicará solamente para Bomberos de Colombia.

La nacionalización y los registros que requiera el respectivo equipo se harán a nombre del cuerpo de bomberos que lo adquiera.

En el caso de la donación de vehículos usados, estos no podrán tener una vida superior a diez (10) años, respecto de la fecha de su fabricación.

Así mismo los cuerpos de bomberos estarán exentos de pago de impuestos de renta y de peajes para todos los vehículos de las instituciones bomberiles debidamente acreditados e identificados con sus logos respectivos.



Colombia Art. 32 Ley General de Bomberos
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...30 31 32 33 34 ...53

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

Las ventas las realiza una comercializadora, el ingreso de parte de la comercializadora se informa como excluido o no gravado en la declaracion de iva.

0   0

Buen dia, quisiera saber lo siguiente: cuando la compra de dotación y equipos es para bomberos voluntarios pero la compra la efectúa la alcaldía municipal pero es con destino a bomberos, esta factura queda excenta de IVA también? así el comprador sea la alcaldía? Muchas gracias.

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse