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Normas en materia de protección de la competencia Artículo 5o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Normas en materia de protección de la competencia
Artículo 5o. Aplicación del régimen general de competencia en el sector agrícola

Para los efectos del parágrafo del artículo 1o de la Ley 155 de 1959, considérese como sector básico de interés para la economía general, el sector agropecuario. En tal virtud, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural deberá emitir concepto previo, vinculante y motivado, en relación con la autorización de acuerdos y convenios que tengan por objeto estabilizar ese sector de la economía.

AUTORIDAD NACIONAL EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE LA COMPETENCIA.



Colombia Art. 5o Se dictan normas en materia de protección de la competencia
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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