Se dictan normas para el registro y abanderamiento de naves y artefactos navales dedicados al transporte marítimo y a la pesca comercial y/o industrial (Normas para el registro y abanderamiento de naves y artefactos navales dedicados al transporte marít) Colombia
Normas para el registro y abanderamiento de naves y artefactos navales dedicados al transporte marítimo
- Artículo 1o. Definiciones para la aplicación de la presente ley
- Artículo 2o. La presente ley será aplicable a las personas naturales o...
- Artículo 3o. La matrícula de una nave o artefacto naval será cancelada por...
- Artículo 4o. Las naves y artefactos navales colombianas se individualizan en el orden...
- Artículo 5o. El nombre de la nave o artefacto naval no puede ser igual al de otra nave o...
- Artículo 6o. El número de registro de una nave o artefacto naval es el de...
- Artículo 7o. La Dirección General Marítima otorgará a toda nave o...
- Artículo 8o. El arqueo de las naves y artefactos navales se efectúa por la...
- Artículo 9o. Toda nave o artefacto naval de matrícula colombiana debe izar en lugar...
- Artículo 10. Ninguna nave o artefacto naval podrá cargar o descargar materiales...
- Artículo 11. La compra, venta e hipoteca de naves y artefactos navales, no...
- Artículo 12. Serán objeto del presente registro las naves y artefactos navales a...
- Artículo 13. Serán también objeto de registro, los siguientes actos: la...
- Artículo 14. Las garantías marítimas de las naves y artefactos navales de...
- Artículo 15. En el Registro se especificará, como mínimo, el nombre y la...
- Artículo 16. Artículo derogado
- Artículo 17. Requisitos para la solicitud de expedición de matrícula...
- Artículo 18. Documentos para el registro y expedición de matrícula provisional de naves y artefactos navales
- Artículo 19. Inscripción provisional de nave o artefacto naval
- Artículo 20. Requisitos para el registro y expedición de matrícula definitiva de naves y artefactos navales
- Artículo 21. Término para la inscripción definitiva de nave o artefacto naval
- Artículo 22. Artículo derogado
- Artículo 23. La Dirección Nacional de Estupefacientes al recibir la solicitud...
- Artículo 24. La nave o artefacto naval se entenderá matriculada en Colombia bien...
- Artículo 25. Para el registro provisional y definitivo de naves y artefactos navales...
- Artículo 26. Las naves y artefactos navales deben reunir las condiciones de seguridad...
- Artículo 27. Las condiciones de seguridad de las naves y artefactos navales a que se...
- Artículo 28. El registro de naves y artefactos navales no requerirá de nueva...
- Artículo 29. Los certificados de seguridad hacen parte de los documentos exigidos a las...
- Artículo 30. Los contratos de fletamento, afiliación o de vinculación de...
- Artículo 31. La obligación de pago del contrato de fletamento de que trata el...
- Artículo 32. Las naves y artefactos navales, que se vayan a registrar y abanderar en...
- Artículo 33. La presente rige a partir de la fecha de su promulgación y...
Otras regulaciones
Se garantiza la entrega, gratuita, oportuna y suficiente de artículos de higiene y salud menstrual a las mujeres y personas menstruantes privadas de la libertad Se crea una tasa, se fijan unas tarifas y se autoriza al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos Se establece el 12 de octubre de cada año como el Día de la Diversidad Étnica y Cultural de la nación colombiana Se prorroga y modifica la Ley 426 de 1998 La Nación se asocia a los 70 años de fundación del Instituto Femenino de Enseñanza Media y Profesional de QuibdóMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?
Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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