Se expiden normas sobre la Policía Nacional, se crea un establecimiento público de seguridad social y Bienestar para la Policía Nacional, se crea la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se reviste de facultades extraordinarias al Presidente de la República (Normas sobre la Policía Nacional) Colombia
Descargar gratis Se expiden normas sobre la Policía Nacional, se crea un establecimiento público de seguridad social y Bienestar para la Policía Nacional, se crea la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se reviste de facultades extraordinarias al Presidente de la República LEY 62 DE 1993
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/02/2019
Normas sobre la Policía Nacional
- Artículo 1o. Finalidad
- Artículo 2o. Principios
- Artículo 3o. Límites de la actividad policial
- Artículo 4o. Inmediatez
- Artículo 5o. Definición
- Artículo 6o. Personal policial
- Artículo 7o. Profesionalismo
- Artículo 8o. Obligatoriedad de intervenir
- Artículo 9o. Del presidente
- Artículo 10. Del ministro de defensa
- Artículo 11. Del director general de la policía
- Artículo 12. De las autoridades políticas
- Artículo 13. De los comandantes departamentales y municipales
- Artículo 14. Del consejo nacional de policía y seguridad ciudadana
- Artículo 15. Conformación
- Artículo 16. Atribuciones y obligaciones de los gobernadores y alcaldes en relación con los comandantes de policía
- Artículo 17. Deberes y obligaciones de los comandantes de policía en relación con las autoridades político-administrativas del departamento y del municipio
- Artículo 18. Estructura
- Artículo 19. Funciones generales
- Artículo 20. Desarrollo de la estructura
- Artículo 21. Comisionado nacional
- Artículo 22. Calidades del comisionado nacional para la policía
- Artículo 23. Nombramiento del comisionado nacional para la policía
- Artículo 24. Funciones del comisionado nacional para la policía
- Artículo 25. Sistema nacional
- Artículo 26. Comisión nacional de policía y participación ciudadana
- Artículo 27. Composición
- Artículo 28. Funciones
- Artículo 29. Comisiones departamentales y municipales
- Artículo 30. Relaciones con las fuerzas militares
- Artículo 31. Apoyo de autoridades departamentales y municipales
- Artículo 32. Recursos presupuestales
- Artículo 33. Seguridad social
- Artículo 34. Superintendencia de vigilancia y seguridad privada
- Artículo 35. Facultades extraordinarias
- Artículo 36. Comision especial
- Artículo 37. Vigencia de esta ley
- Artículo 38. TRANSITORI
Otras regulaciones
Se unifican normas sobre agentes de tránsito y transporte y grupos de control vial de las entidades territoriales La Nación se vincula a la celebración de los cuatrocientos cincuenta años de la fundación de la Ciudad de Valledupar Se fomenta el uso racional y eficiente de la energía Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Radiactiva Convenio sobre la Obtención de pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial