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Normas sobre requisitos para el desempeño de cargos en la Jurisdicción Penal Militar Artículo 11 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Normas sobre requisitos para el desempeño de cargos en la Jurisdicción Penal Militar
Artículo 11. Auditores de guerra ante juzgados de primera instancia

Para desempeñar el cargo de Auditor de Guerra ante Juzgados de Primera Instancia se requiere además de los requisitos generales consignados en el artículo 4o de la presente ley, acreditar la experiencia señalada para cada cargo.

1. Auditores de Guerra en las Fuerzas Militares

1.1 Auditores de Guerra ante Juzgados de Primera Instancia de Inspección General del Comando General de las Fuerzas Militares, del Ejército, de la Armada Nacional y de la Fuerza Aérea. Para desempeñar el cargo de Auditor de Guerra ante los Juzgados de Primera Instancia de Inspección General del Comando General de las Fuerzas Militares, del Ejército, de la Armada Nacional, y de la Fuerza Aérea, se requiere acreditar una experiencia mínima de cinco (5) años en el desempeño de cargos como funcionario en la Justicia Penal Militar.

1.2 Auditores de Guerra ante los Juzgados de Primera Instancia de División en el Ejército o sus equivalentes en la Armada Nacional y la Fuerza Aérea. Para desempeñar el cargo de Auditor de Guerra ante Juzgados de Primera Instancia de División del Ejército o sus equivalentes en la Armada Nacional y la Fuerza Aérea, se requiere acreditar una experiencia mínima de cuatro (4) años en el desempeño de cargos como funcionario en la Justicia Penal Militar.

1.3 Auditores de Guerra ante los Juzgados de Primera Instancia de Brigada en el Ejército o sus equivalentes en la Armada Nacional y la Fuerza Aérea. Para desempeñar el cargo de Auditor de Guerra ante Juzgados de Primera Instancia de Brigada en el Ejército o sus equivalentes en la Armada Nacional y la Fuerza Aérea, se requiere acreditar u na experiencia mínima de tres (3) años en el desempeño de cargos como funcionario en la Justicia Penal Militar.

2. Auditores de Guerra en la Policía Nacional

2.1 Auditor de Guerra ante Juzgado de Primera Instancia de Dirección General de la Policía Nacional. Para desempeñar el cargo de Auditor de Guerra ante el Juzgado de Primera Instancia de Dirección General de la Policía Nacional, se requiere acreditar una experiencia mínima de cinco (5) años en el desempeño de cargos como funcionario en la Justicia Penal Militar.

2.2 Auditor de Guerra ante Juzgado de Primera Instancia de Inspección General de la Policía Nacional. Para desempeñar el cargo de Auditor de Guerra ante Juzgado de Primera Instancia de Inspección General de la Policía Nacional, se requiere acreditar una experiencia mínima de cinco (5) años en el desempeño de cargos como funcionario en la Justicia Penal Militar.

2.3 Auditores de Guerra ante Juzgados de Primera Instancia de Policía Metropolitana. Para desempeñar el cargo de Auditor de Guerra ante Juzgados de Primera Instancia de Policía Metropolitana, se requiere acreditar una experiencia mínima de cuatro (4) años en el desempeño de cargos como funcionario en la Justicia Penal Militar.

2.4 Auditores de Guerra ante Juzgados de Primera Instancia de Departamento de Policía. Para desempeñar el cargo de Auditor de Guerra ante Juzgados de Primera Instancia de Departamento de Policía, se requiere acreditar una experiencia mínima de tres (3) años en el desempeño de cargos como funcionario en la Justicia Penal Militar.
 



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