Normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayor Artículo 29 Colombia
Normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores
Artículo 29. Conformación del consejo nacional del adulto mayor
Harán parte del Consejo Nacional:1. El Ministro o Viceministro de la Protección Social, quien presidirá el Consejo.
2. El Ministro o Viceministro de Educación.
3. El Director del ICBF.
4. Un representante de Organizaciones No Gubernamentales dedicadas a la prestación de servicios a los adultos mayores.
5. Un representante de la Academia y la comunidad científica que manejen el tema de adulto mayor.
6. Dos representantes de personas jurídicas que tengan a su cargo la asistencia y prestación de servicios a los adultos mayores.
7. Un delegado de la Defensoría del Pueblo.
8. El Jefe de la Unidad de Inversión Social del Departamento Nacional de Planeación.
9. El Director del Fondo de Inversión Social.
10. Un Secretario Técnico perteneciente a la planta del Ministerio de la Protección Social.
11. Un representante de la Asociación Gerontológica.
12. Un representante de las Asociaciones de Pensionados.
13. Un representante de la Empresa Privada.
14. Un representante de las Entidades Territoriales elegidos por departamento.
PARÁGRAFO. El Gobierno Nacional reglamentará lo pertinente para la designación de los representantes al Consejo Nacional del Adulto Mayor.
DISPOSICIONES GENERALES.
Colombia Art. 29 Normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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