Se aprueba el Protocolo de enmienda al Acuerdo latinoamericano de coproducción cinematográfica, firmado en Bogotá, D. C., el 14 de julio de 2006 (Protocolo de enmienda al Acuerdo latinoamericano de coproducción cinematográfica) Colombia
Protocolo de enmienda al Acuerdo latinoamericano de coproducción cinematográfica
- Artículo I. El Título del Acuerdo queda enmendado en los términos...
- Artículo II. El Artículo III del Acuerdo queda enmendado en los términos...
- Artículo III. El Artículo V del Acuerdo queda enmendado en los términos...
- Artículo IV. Se agrega un artículo a continuación del Artículo...
- Artículo V. El Artículo XX del Acuerdo queda enmendado en los términos...
- Artículo VI. Los Artículos XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y XX del Acuerdo...
- Artículo VII. El Anexo A del Acuerdo queda enmendado en los términos siguientes:...
- Artículo VIII. El presente Protocolo de Enmienda podrá ser suscrito por aquellos...
- Artículo IX. El original del presente Protocolo, cuyos textos en castellano y...
- Artículo X. Los instrumentos de ratificación o adhesión serán...
- Artículo XI. El presente Protocolo entrará en vigor cuando ocho (8) de los países...
Otras regulaciones
Se dicta normas para el ejercicio de la Profesión de Desarrollo Familiar, se expide el Código Deontológico y Ético Las normas relativas a la adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la nacionalidad Se expide el Régimen de Carrera y Estatuto del Personal de Soldados Profesionales de las Fuerzas Militares Se crea el registro de deudores alimentarios morosos (redam) Se declara Patrimonio Cultural de la Nación el Festival El Garcero del Llano de Yopal, CasanareMejores juristas
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Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?
Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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