Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del C) Colombia
Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio
- Artículo 1. PUBLICACIÓN Y DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN
- Artículo 2. OPORTUNIDAD DE FORMULAR OBSERVACIONES, INFORMACIÓN ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR Y CONSULTAS
- Artículo 3. RESOLUCIONES ANTICIPADAS
- Artículo 4. PROCEDIMIENTOS DE RECURSO O DE REVISIÓN
- Artículo 5. OTRAS MEDIDAS PARA AUMENTAR LA IMPARCIALIDAD, LA NO DISCRIMINACIÓN Y LA TRANSPARENCIA
- Artículo 6. DISCIPLINAS EN MATERIA DE DERECHOS Y CARGAS ESTABLECIDOS SOBRE LA IMPORTACIÓN Y LA EXPORTACIÓN O EN CONEXIÓN CON ELLAS Y DE SANCIONES
- Artículo 7. LEVANTE Y DESPACHO DE LAS MERCANCÍAS
- Artículo 8. COOPERACIÓN ENTRE LOS ORGANISMOS QUE INTERVIENEN EN LA FRONTERA
- Artículo 9. TRASLADO DE MERCANCÍAS DESTINADAS A LA IMPORTACIÓN BAJO CONTROL ADUANERO
- Artículo 10. FORMALIDADES EN RELACIÓN CON LA IMPORTACIÓN, LA EXPORTACIÓN Y EL TRÁNSITO
- Artículo 11. LIBERTAD DE TRÁNSITO
- Artículo 12. COOPERACIÓN ADUANERA
- Artículo 13. PRINCIPIOS GENERALES
- Artículo 14. CATEGORÍAS DE DISPOSICIONES
- Artículo 15. NOTIFICACIÓN Y APLICACIÓN DE LA CATEGORÍA A
- Artículo 16. NOTIFICACIÓN DE LAS FECHAS DEFINITIVAS PARA LA APLICACIÓN DE LA CATEGORÍA B Y LA CATEGORÍA C
- Artículo 17. MECANISMO DE ALERTA TEMPRANA: PRÓRROGA DE LAS FECHAS PARA LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LAS CATEGORÍAS B Y C
- Artículo 18. APLICACIÓN DE LA CATEGORÍA B Y LA CATEGORÍA C
- Artículo 19. CAMBIOS ENTRE LAS CATEGORÍAS B Y C
- Artículo 20. PERÍODO DE GRACIA PARA LA APLICACIÓN DEL ENTENDIMIENTO RELATIVO A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS POR LOS QUE SE RIGE LA SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS
- Artículo 21. PRESTACIÓN DE ASISTENCIA Y APOYO PARA LA CREACIÓN DE CAPACIDAD
- Artículo 22. INFORMACIÓN SOBRE ASISTENCIA Y APOYO PARA LA CREACIÓN DE CAPACIDAD QUE SE DEBE PRESENTAR AL COMITÉ
- Artículo 23. DISPOSICIONES INSTITUCIONALES
- Artículo 24. DISPOSICIONES FINALES
Otras regulaciones
Decreto Normas sobre armas, municiones y explosivos Ley Consuelo Devis Saavedra Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú sobre promoción y protección recíproca de inversiones Se declara el Festival de la Cultura Wayúu como patrimonio cultural de la Nación Se rinde homenaje al Folclore Veleño, al Festival Nacional de la Guabina y el TipleMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
podrian por favor informarme si despues de haberse presentado una liquidacion de credito sobre cuotas de adminsitracion y habiendo sido objetada el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidacion de credito el Juzgado corre nuevamente trasladodel art. 110 del CGP de esa liquidacion de aacuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situacion posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriedno el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboracion.
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