Protocolo de Modificación del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las D Artículo 12 Colombia
Protocolo de Modificación del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas
Artículo 12. Procedimiento para la solicitud de cooperación
1. Las autoridades aduaneras de las Partes designarán a los funcionarios responsables de presentar y atender las solicitudes de cooperación, comunicando dicha designación y sus actualizaciones a la Secretaría, que elaborará y distribuirá a las Partes la lista resultante.
2. Dichos funcionarios adoptarán, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes en su territorio, todas las medidas necesarias para la inmediata ejecución de la solicitud de cooperación.
3. Las solicitudes de cooperación formuladas en los términos del presente Convenio, deberán presentarse por escrito en el idioma del país de la autoridad requirente. Las solicitudes y los documentos anexos se traducirán, si así se solicita, al idioma que las Partes acuerden.
4. Las solicitudes de cooperación deberán contener la siguiente información:
a) nombre de la autoridad requirente;
b) nombre del funcionario responsable;
c) asunto requerido;
d) objeto y razón de la solicitud, y
e) fundamento legal de la solicitud.
ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES.
Colombia Art. 12 Se aprueba el Protocolo de Modificación del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas, aprobado en Cancún el 29 de octubre de 1999
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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